Presentarán iniciativa de reforma diputados del PRI para tipificar y castigar la “extorsión sexual por razones de género”

Presentarán iniciativa de reforma diputados del PRI para tipificar y castigar la “extorsión sexual por razones de género”

Por: Iván E. Saldaña y Elia Castillo

La bancada del PRI en la Cámara de Diputados, junto con la presidenta de la Mesa Directiva, Dulce María Sauri, presentaron este miércoles una iniciativa de reforma para tipificar la “extorsión sexual por razones de género” en el Código Penal Federal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, delito que proponen se persiga por “querella” y sea castigado hasta con 6 años y medio de cárcel.

En la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Comisión Permanente, respaldada por el Colectivo 50+1, se define la extorsión sexual por razones de género como una modalidad de la violencia contra la mujer en el que se le solicite “favores sexuales para sí o para una tercera persona, a cambio del otorgamiento de un empleo, cargo o comisión, o cualquier prestación o servicio que esté en su poder conceder o retener”.

La propuesta es impulsada por la diputada Lucero Saldaña Pérez, signada por sus compañeros de bancada. En esta, expone que se debe tipificar la extorsión sexual por razones de género, con la finalidad de visibilizar la problemática y favorecer la investigación y prosecución de la comisión de la conducta.

“Se propone definir la extorsión sexual por razones de género como una modalidad de la violencia contra la mujer en la LGAMVLV, a fin de establecer que en caso de que se presente esta conducta la o el Ministerio Público, la Jueza o Juez, deberán ordenar las medidas de protección necesarias en beneficio de la víctima”, señala.

El castigo propuesto por dicho delito va de tres a cinco años de prisión, y se agrava una tercera parte si entre el agresor y la víctima existe una relación jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier naturaleza que implique subordinación.

También, en el caso de que el agresor fuese servidor público y utilizara su cargo para dicho delito se le destituirá e inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta. 

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